INFORMACION GENERAL PARA VINCULACION A LA RESERVA NAVAL
El
aspirante a vincularse a las Fuerzas Militares a través
del Cuerpo de Profesionales Oficiales de la Reserva adquiere
compromisos al ser aceptado como alumno y posteriormente como
Profesional Oficial de la Reserva. Se exponen a continuación
las siguientes consideraciones de forzosa aceptación:
El ingreso al Cuerpo de Profesionales Oficiales de la Reserva
de las Fuerzas Militares es absolutamente voluntario.
Al ser admitido como alumno del Curso de Formación y,
posteriormente, como miembro del Cuerpo de Profesionales Oficiales
de la Reserva, se obliga y compromete a cumplir con todas las
actividades, requerimientos, obediencia y subordinación
que implica la vinculación a la institución armada.
Como alumno del Curso de Formación o como Profesional
Oficial de la Reserva, no adquiere vínculo laboral con
las Fuerzas Militares y, por lo tanto, no da lugar a remuneración,
indemnización, prestaciones sociales, ni prestaciones
de servicio alguno por parte de la institución armada.
El desarrollo del curso no tiene valor de matrícula,
pero el costo de uniformes, equipo, elementos, papelería,
alimentos, transporte, viajes tácticos de entrenamiento,
deben ser subvencionados por cada uno.
Por ser un curso de formación militar, el alumno se enmarca
dentro de la disposición de subordinación, obediencia,
aceptación y cumplimiento de las órdenes emitidas
por los comandantes de quienes dependan y los instructores que
participen en el desarrollo del curso.
En cuanto a la presentación personal y porte de uniformes,
el alumno debe estar en todo momento de acuerdo a las órdenes
emitidas por la dirección del curso, así como
observar de las normas de cortesía militar.
Con el fin de establecer un orden de clasificación y
antigüedad dentro del curso, todas las asignaturas y tareas
tendrán una calificación individual.
La asistencia, colaboración, adaptación, afecto
a la Institución, espíritu de cuerpo, espíritu
militar, compañerismo, voluntad de servicio a la misma
y a la población civil, serán puntos importantes
que cuentan en la clasificación final.
La vinculación como alumno y posteriormente como Profesional
Oficial de la Reserva, no genera obligación remunerativa,
por su calidad de “ad honorem” y , por lo tanto,
las Fuerzas Militares no disponen de asignación presupuestal
para el Cuerpo de Profesionales Oficiales de la Reserva.
El solo hecho de haber sido seleccionado para adelantar el curso,
no genera derecho a ser ascendido, facultad reservada al Comando
General de las Fuerzas Militares.
El status de alumno u Oficial de la Reserva exige la observancia
de excelente conducta, comportamiento social, buenos modales,
integridad comprobada acordes a la imagen que debe tener un
Oficial de la Reserva, que se proyecta como ejemplo de virtudes
ante la Institución y la población civil.
La solicitud de admisión está sometida a preselección
y selección, de acuerdo con las necesidades de profesiones
y cupo autorizado por el Comando General de las Fuerzas Militares.
El Comando General de las Fuerzas Militares se reserva el derecho
de admisión.
Regresar
a la página principal de VINCULACION A LA RESERVA NAVAL |